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CENTRO HOMOLOGADO CAP
Para adaptar la legislación española a la Directiva europea 2003/59/CE el Consejo de Ministros del 22 de julio aprobó un Real Decreto en el que se regula la formación inicial y continuada de los conductores del sector del transporte de viajeros y de mercancías. Los nuevos Este Real Decreto establece la que formación inicial han de tener los nuevos conductores que se quieran incorporar al sector de viajeros a partir del 11 de septiembre de 2008 y a los que quieran dedicarse al transporte de mercancías se le requerirá esta formación un año más tarde, La formación exigida se demostrara con el (CAP) que solo se podrá obtener superando un examen después de haber seguido un curso de 140 horas de formación. Los viejos El Real Decreto también establece el contenido de la formación continua que se exigirá a todos los conductores a lo largo de su vida laboral que consistirá en realizar 35 horas de formación cada cinco años. Para la puesta en marcha del decreto se establece un plazo de 5 años a partir del 2011(2011-2016) para que todos los conductores que tengan su permiso de conducción con fecha anterior al 2008 (viajeros) 2009(mercancías) realicen estos cursos formativos que serán obligatorios e impartidos en los centros que se homologuen adecuadamente.
Contenido
de la Formación
El nuevo CAP, que se exigirá en todos los países comunitarios,
aunque hace años que ya se imparte Bélgica, Holanda, Luxemburgo y
Francia y según explican los expertos y teniendo en cuenta los
resultados obtenidos en estos países en relación a la reducción de
accidentes, a la reducción del consumo de carburante y a la
reducción de las bajas por Incapacidad temporal IT, hacen del todo
justificable el proyecto europeo que se basa principalmente en
formar de manera periódica a los profesionales del sector sobre tres
ejes principales:
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